El lanzamiento es la última fase del procedimiento de desahucio, un proceso legal que está regulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), especialmente en sus artículos 440 y siguientes.
El lanzamiento es la ejecución forzosa en la recuperación de la posesión (las llaves) del inmueble.
Si el inquilino se niega a abandonar el inmueble tras la sentencia, se fija una fecha para el lanzamiento, en la cual se procede al desalojo forzoso, generalmente con la intervención de un representante judicial y, en determinadas ocasiones, de las fuerzas de seguridad.
El proceso de lanzamiento comienza con el impago o incumplimiento del contrato por parte del arrendatario, seguido de una demanda de desahucio presentada por el arrendador ante el juzgado.
El lanzamiento no es un acto arbitrario; debe ser ordenado por un juez en el marco de un proceso judicial.
El lanzamiento puede contar con la presencia de funcionarios judiciales y policía para garantizar que se cumpla la orden de desalojo.
Además de perder el derecho a usar la vivienda o local, el inquilino puede ser condenado a pagar las deudas pendientes, los gastos judiciales y las costas del procedimiento.
El contrato de arrendamiento es un acuerdo legal que protege tanto al arrendador como al arrendatario.
Para evitar situaciones como el lanzamiento, es fundamental que ambas partes cumplan con sus obligaciones.
El lanzamiento es la ejecución forzosa del desalojo de un inquilino que no ha cumplido con sus obligaciones, principalmente el pago del alquiler.
Es la última etapa del proceso de desahucio, siempre bajo el control de un juez y regulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Para evitar llegar a esta situación, es esencial que el inquilino y el propietario respeten las condiciones del contrato y busquen soluciones amistosas en caso de dificultades.