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¿Qué es un objeto oblicuo?

Gerard Villarreal
Gerard Villarreal
2025-10-18 13:09:46
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El caso oblicuo se refiere a las formas flexivas tónicas del pronombre personal que van precedidas de preposición. Estas formas pronominales en caso oblicuo aparecen en sintagmas preposicionales que pueden desempeñar diversas funciones sintácticas. Muchos pronombres personales tónicos no poseen variantes específicas para el caso oblicuo. Así pues, los pronombres personales que pueden poseer caso oblicuo se dividen en dos grupos: Marcados inherentemente para él: mí, ti, sí. No marcados inherentemente para él: nosotros, ustedes, ella, vos, etc. Aun así, se han registrado en la lengua popular de algunos países ciertas excepciones a esta distribución que no han pasado a la lengua culta, como para yo, a tú, etc. Los pronombres del grupo b pueden aparecer en caso oblicuo, pero, dado que no están marcados inherentemente para él, son compatibles con otros casos. Al igual que los adjetivos mayor o mejor suelen considerarse adjetivos comparativos sincréticos, conmigo, contigo y consigo pueden considerarse sintagmas preposicionales sincréticos. Se coordinan, en efecto, con otros sintagmas preposicionales y se usan como respuestas a preguntas que los contienen. En algunas variedades estas formas pueden ser el término de la preposición para, como en su lealtad para conmigo. En la tradición se ha denominado también caso oblicuo a todo aquel que no es recto. El pronombre personal usted/ustedes y sus variantes átonas se emplean para la segunda persona del discurso. Aun así, cuando usted/ustedes ejerce la función de sujeto concuerda en tercera persona gramatical con el verbo.